• 12 septiembre 2022
  • La reforma de la Ley de Ciencia, Tecnología e innovación

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó de manera definitiva la reforma de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, entrando en vigor el pasado 7 de septiembre tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Se recoge un objetivo de financiación pública de la I+D del 1,25% del PIB en 2030, que alcance el 3% sumando la inversión privada, recordemos que el objetivo marcado por Bruselas para el 2020 era del 3%.

Se trata de una reforma muy centrada en la ciencia y en la carrera científica, entre las medidas en este ámbito destacar: una nueva modalidad de contrato indefinido vinculada al desarrollo de actividades científico-técnicas para todo tipo de personal de investigación en el marco de líneas de investigación definidas y en contratos de I+D+i, así como estimular la atracción de talento a España y la movilidad del personal de investigación.

Desde la vertiente más empresarial, podemos destacar los siguientes aspectos recogidos:

A. Se regula la compra pública de innovación realizada por las Administraciones Públicas y entidades del sector público, con la finalidad de adquirir bienes o servicios innovadores, que no existan actualmente en el mercado como producto o servicio final, o la investigación de soluciones a futuras necesidades públicas, debiendo las tecnologías resultantes encontrarse incardinadas en alguna de las líneas de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación o de los planes e instrumentos propios de la Administración autonómica correspondiente.

B. Con el fin de fomentar la investigación y la innovación de vanguardia, el Gobierno y las Comunidades Autónomas en sus ámbitos de competencia podrán establecer bancos de pruebas regulatorios que permitan la ejecución de proyectos piloto de I+D+I con arreglo a un marco normativo y administrativo adecuados, para garantizar el respeto a la legalidad y la competitividad internacional.

C. En materia de subvenciones públicas, se introducen medidas para facilitar tanto el procedimiento de concesión de ayudas como el de justificación por parte de los beneficiarios, como son las siguientes:
• La posibilidad de emplear la modalidad de cuenta justificativa simplificadas para la justificación de ayudas públicas concedidas por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con independencia de la cuantía de las mismas.
• Se permite que las Administraciones Públicas utilicen los resultados de las evaluaciones ya realizadas por otros organismos públicos cuando las ayudas tengan el mismo objeto, en cuyo caso podrán concederse de forma directa sin necesidad de repetir todo el procedimiento.
• Se insta a la adopción de medidas para la reducción de cargas administrativas y duplicidades en los procedimientos de acreditación y evaluación, de forma que los interesados no aporten documentos que ya se encuentren en poder de dichos agentes, ni se les exijan datos o documentos que no resulten preceptivos o que ya hayan sido aportados con anterioridad.

Por último, se autoriza la creación de la Agencia Espacial Española, con carácter de agencia estatal, adscrita a los Ministerios de Ciencia e Innovación y de Defensa, en línea con la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, y el El Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial E.P.E., pasará a denominarse Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.

 

Noelia Escobar Izquierdo linkedin - Embajadores UDD
Coordinadora Relaciones Institucionales e Intangibles

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