Según la Unesco, en tiempos de pandemia, comprobaron un mayor uso y consumo de las tecnologías, ofreciendo tanto oportunidades como riesgos, a la vez que brinda la posibilidad de ejercer una ciudadanía digital responsable.
AMETIC presentó la edición 2022 de su Barómetro de la Economía Digital donde se ofrece información de interés sobre los principales datos de dimensionamiento y caracterización del sector tecnológico digital español, su evolución y el alcance en la denominada ‘Economía digital’, concepto que incorpora también aquella actividad de otros sectores del tejido empresarial del país que tiene su origen o una relación muy directa con las tecnologías digitales.
Durante todo el 2022, la inversión de las empresas españolas en gasto TI ha alcanzado los 51.400 millones de euros, lo que supone un 3,5% más que los datos del año anterior, pese a las dificultades del escenario macroeconómico, la guerra de Ucrania y la escasez persistente de semiconductores y el IDC estima que en el próximo año 2023, 1 de cada 2 organizaciones de nuestro país obtendrá más del 40% de sus ingresos a partir de productos y servicios digitales.
En este contexto, las operaciones de las empresas se están moviendo a la nube de forma masiva, y el 67% de las compañías españolas espera mantener o incrementar el gasto en IaaS (siglas de Infraestructura como Servicio) en 2022, 5 puntos por encima de la media europea.
El informe de IDC (International Data Corporation) incluye datos también sobre el crecimiento de sector concretos del mercado de servicios TI como son la Inteligencia Artificial (IA) o la ciberseguridad, entre los que más aumentarán a nivel español este año, los cuales crecerán en torno al 30% anual hasta 2025 y un 8% anual hasta el año 2024 respectivamente, según las previsiones de la firma de análisis.
Existen diferentes incentivos fiscales para empresas que, de ser bien gestionados, proporcionan mecanismos potentes para rentabilizar eficientemente cada euro invertido en materia innovadora por empresas de cualquier tamaño. Grupo INCOTEC te permitirá elegir y gestionar aquellas que mejor encajen con tu estrategia, capacidad y situación concreta.
Las Deducciones fiscales por I+D+i en el impuesto de sociedades se trata de una de las principales vías para incentivar la innovación empresarial vía reducción de impuestos, puesto que las deducciones fiscales minoran la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades. Son de aplicación libre y general, al no estar sometidas a concurrencia competitiva. La deducción fiscal generada estará entre un 42 % y un 12% del gasto del proyecto, dependiendo de su grado de innovación y permite incluir gastos de personal interno, colaboraciones, fungibles o amortización de activos entre otros.
Por ejemplo, una empresa que invierte un millón de euros, entre personal interno, proveedores, licencias de software, etc. en la implantación de un Sistema ERP, podría obtener una deducción fiscal de 120.000 €.
Otro caso de uso es la empresa que invierte en la automatización de un almacén logístico. En la cual, si la empresa ha invertido entre software y reingeniería de procesos para su automatización, 5 millones de euros, podría ahorrarse la nada desdeñable cantidad de 600.000 €.
Cabe reseñar que recientemente han visto la luz diversas sentencias que cambian el criterio aplicado hasta la fecha y limitan su aplicación argumentando que el desarrollo de aplicaciones informáticas no es un concepto que pueda recogerse en la base de deducción. Esto entra en contradicción claramente con el espíritu de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades en cuyo artículo 35 se ampliaba la definición de actividades de I+D para recoger la definición de Software Avanzado y, a su vez, se incorporaba en la definición de actividades de IT los proyectos relacionados con la animación y videojuegos, sectores estratégicos para la economía nacional y cuyo crecimiento desde entonces ha quedado patente. Con lo cual, el objetivo al redactar esta Ley fue el de potenciar las actividades de software dentro de las empresas y no limitarlas.
Pese a que las actividades rutinarias de mantenimiento evolutivo de aplicaciones de software o bien de desarrollo de aplicaciones de software quedan señaladas, en dichas sentencias se abre la puerta a recoger actividades de software siempre que “exista una primera fase (dentro del proyecto) en la que se definen una serie de procesos (o se redefinen unos procesos existentes)”. Por todo ello, desde Incotec se está trabajando en un nuevo enfoque, junto con otras entidades expertas en la materia, para que las empresas puedan seguir disfrutando de estos beneficios de manera segura.
Las empresas, tanto las grandes como las pymes, conviene que también conozcan la existencia de diferentes incentivos fiscales que, de ser bien gestionados, proporcionan mecanismos potentes para rentabilizar eficientemente cada euro invertido en materia innovadora, ya sea en productos que puedan comercializar o incluso en servicios de digitalización implementados internamente para la gestión de sus procesos empresariales.
La combinación de estos incentivos con otros instrumentos de financiación como los Fondos Next Generation o las Bonificaciones de la Seguridad Social al personal en exclusiva en I+D+i permitirán a las empresas maximizar sus beneficios a través de su innovación, aumentando su grado de competitividad en el mercado.
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